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Abogado Eduardo Carreño explica demanda contra acto legislativo de reelección de Uribe

Jurídica

por Álvaro Angarita Wednesday, Jun. 25, 2008 at 1:03 PM

«Esperamos que la Corte anule el acto legislativo». Si se aprueba la revisión del fallo a favor de la reelección, se tendría que convocar a un nuevo proceso electoral, pero el Presidente tendría que renunciar, sostiene

Cerca de 12 organizaciones entre las que se cuentan el Colectivo de Abogados Alvear Restrepo, la Asociación de Juristas Demócratas, la Corporación Humanidad Vigente y el Colectivo de Abogados Luis Carlos Pérez, radicaron el 17 de junio en la Corte Constitucional una acción de revisión del acto legislativo que reformó la Constitución para permitir la reelección presidencial. ONG de derechos humanos como Justicia y Paz, ANDAS y la Fundación Manuel Cepeda, integran también el abanico de demandantes del acto reeleccionista. Eduardo Carreño, destacado jurista y vicepresidente del Colectivo de Abogados explicó en entrevista concedida a nuestro semanario el contenido y la significación del recurso interpuesto.

- ¿En qué se fundamenta la acción de revisión del acto legislativo que produjo la reelección del presidente Álvaro Uribe?

En la existencia de por lo menos tres delitos cometidos o encubiertos después del fallo de la Corte Constitucional del 19 de octubre de 2005. Tiene que ver con la presentación que hizo Miguel de la Espriella del pacto de Ralito, que tiene consecuencias jurídicas en relación con congresistas que han implicado investigación y condenas de algunos de ellos. Eso es un hecho público e incontrovertible. El segundo tiene que ver con otros paramilitares que también hacen parte de la estructura paramilitar, ejemplo Mario Uribe. De todos estos que han vinculado, en total son 65 de los cuales 34 están detenidos. Algunos de ellos tienen sentencias condenatorias o solicitaron sentencias anticipadas aceptando su responsabilidad. El tercer elemento tiene que ver con la compra de los votos en el proceso de aprobación de la reelección como es el caso de Yidis Medina y Teodolindo Avendaño. Igual, Yidis solicitó sentencia anticipada y confesó su crimen. Estos tres delitos implican necesariamente que la Corte Constitucional revise el fallo.

- ¿La Corte estaría ante el dilema de aceptar la acción de revisión o rechazarla? ¿No tendría otra alternativa?

No la tiene. Tiene que aceptarla o rechazarla. Lo que nosotros solicitamos conociendo la legislación es que ellos apliquen por analogía el recurso extraordinario de revisión que existe en materia penal, civil o administrativa. Y revise su sentencia, porque los hechos delictuosos existen y son de público conocimiento. Si la Corte no acepta la revisión implica imponer la tesis según la cual el crimen es la fuente del derecho en Colombia.

El presidente Uribe cuando era senador demandó la aprobación del presupuesto por dietas parlamentarias con argumentos similares. Está en el texto de la demanda. Ahí hay unas citaciones en las cuales argumenta que los electores son constreñidos en las regiones cuando los parlamentarios tienen presupuestos destinados para la compra de votos mediante mecanismos sutiles como obras o de actos, frente a los aspirantes que no tienen este presupuesto.

- ¿Y si la acepta?

Si la acepta, que es la tesis correcta, implica que se sustente probatoriamente, decretando no solamente las pruebas que nosotros aportamos, sino las que ellos consideren pertinentes para que tengan suficientes elementos de juicio para revisar el fallo y decir si la aprobación de la reforma constitucional que aprueba la reelección fue lícita o no. Explico, si en las comisiones primeras de Senado y Cámara votaron tantos senadores y tantos representantes, y la mayoría de ellos eran paramilitares, eso implica que esos votos eran ilegales, ilegítimos, lo que implica que el acto aprobado es nulo.

- ¿El hecho que la Comisión de Acusaciones sea la instancia para investigar al Presidente, no dificulta un fallo de la Corte Constitucional que afecta directamente al Primer Mandatario?

La investigación penal en instrucción, constitucionalmente es en la Comisión de Acusaciones de la Cámara y el juicio se desarrolla ante el Senado. Eso es distinto, es por la comisión de delitos que el Presidente hubiera cometido en el ejercicio de su cargo. Pero aquí, para los efectos nuestros, tiene que ver con el cohecho, y la Corte y su Sala Penal ya ofició para que se hiciera esa investigación. Lo que nosotros creemos es que la investigación termina en nada por las relaciones políticas que hay en esa comisión, donde la mayoría son uribistas.

- ¿Suponiendo que un fallo de la Corte inhabilite la primera reelección, cómo queda la propuesta para una segunda reelección presidencial?

Simplemente no es viable. Si se aprueba por parte de la Corte Constitucional la revisión del fallo, implica que se defina que se tiene que convocar necesariamente a un nuevo proceso electoral y establecer un mecanismo transitorio para que eso se haga. Pero, el Presidente tendría que salir del cargo automáticamente.

- ¿En qué tiempo puede darse una respuesta de la Corte sobre la acción de revisión solicitada?

Vamos a tratar que sea lo más rápido posible, pero eso no es tan fácil. De acuerdo al volumen de trabajo que tienen, se van a tomar su tiempo. Además, políticamente esto lleva tiempo. Vamos a solicitar que se aplique el reglamento. También vamos a pedir coadyuvancias a nivel nacional de todos los ciudadanos que quieran demandar, porque nos parece que los colombianos tienen que pronunciarse, porque si prospera la tesis de que el crimen es la fuente del delito y la justicia en Colombia, pues simplemente se acabaron los valores de defensa del precario Estado de derecho o del precario Estado democrático que hay. Los paramilitares legislaron en el 2002 y en el 2005 siendo delincuentes. Ellos impidieron en las regiones que otros grupos políticos participaran en el proceso. Incluso, hubo zonas donde hubo candidato único. Esos votos no fueron libres, fueron constreñidos y se impidió a otros ejercer su derecho al voto.

- ¿Definitivamente, qué esperan las organizaciones demandantes?

Esperamos que la Corte revise y anule el acto legislativo.